Por Staff
Expreso-La Razón
El Paquete Económico 2027 planteado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público contempla nuevos mecanismos para combatir el contrabando de combustible.
La propuesta contiene una iniciativa que crearía una nueva obligación de pago del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) para comercializadoras, transportistas y gasolineras que venden gasolina y diésel sin ser fabricantes, productoras o importadoras de dichos combustibles.
El objetivo es frenar el huachicol fiscal.
La propuesta forma parte de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para el ejercicio fiscal 2027, presentada el 8 de septiembre por el Secretario, Edgar Amador Zamora.
De acuerdo con el texto de la iniciativa, se incorporaría una fracción XIX al artículo 25 de la LIF, mediante la cual estas empresas -que hasta ahora están exentas de declarar este impuesto por lo dispuesto en el artículo 8, fracción I, inciso c), de la Ley del IEPS- quedarían obligadas a determinar mensualmente la diferencia entre los litros de combustible que enajenan y los litros que adquieren durante el mismo periodo.
Cuando esa diferencia resulte positiva, es decir, cuando la empresa venda más combustible del que formalmente compró, el excedente quedaría sujeto al pago del IEPS correspondiente.
El cálculo se realizaría aplicando las cuotas ya previstas en los artículos 2o., fracción I, incisos D) y H), numerales 3 y 5, y 2o.-A de la Ley del IEPS, según el tipo de combustible.
La propia iniciativa establece que dicho cálculo se hará sin la posibilidad de aplicar estímulos, disminuciones o acreditamientos.
La presidenta Claudia Sheinbaum adelantó los lineamientos generales de la medida el 3 de septiembre, antes de la presentación formal del paquete económico. En esa ocasión señaló que el objetivo es dar trazabilidad al IEPS de gasolina y diésel, siguiendo el combustible desde su ingreso al país -ya sea por importación o producción- hasta su llegada al consumidor final, con el fin de detectar inconsistencias entre los volúmenes comercializados y los impuestos reportados.
La mandataria precisó que no se trata de la creación de un impuesto nuevo, sino de un mecanismo de control adicional sobre el mismo gravamen ya existente.
El jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Antonio Martínez, explicó que, en el esquema vigente, únicamente Pemex y las empresas importadoras están obligadas a presentar esta declaración fiscal.
Con la reforma propuesta, dicha obligación se extendería a comercializadoras, transportistas y gasolineras, lo que permitiría a la autoridad fiscal cruzar la información reportada por cada eslabón de la cadena de comercialización.
La iniciativa contempla también una disposición que prohíbe trasladar el costo de este pago al consumidor final o incluirlo en el precio de venta del combustible.
La medida fue referida en un reporte del diario La Jornada, que citó fuentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) sobre la existencia de mecanismos para evitar dicho traslado.
En la exposición de motivos del proyecto, el Ejecutivo Federal señala que la disposición busca fortalecer el actuar de la autoridad fiscal para identificar y tener control sobre las operaciones de riesgo en la cadena comercial de combustibles automotrices y fósiles del tipo gasolina y diésel, así como fortalecer las herramientas de prevención y combate de prácticas que afecten la recaudación y la competencia en el mercado.
A diferencia del resto de las disposiciones de la Ley de Ingresos de la Federación, que entrarían en vigor el 1 de enero de 2027, esta obligación específica para comercializadoras de gasolina y diésel comenzaría a aplicarse hasta el 1 de julio de ese año, de acuerdo con el articulado transitorio de la iniciativa.
De acuerdo con cifras del SAT, entre octubre de 2024 y agosto de 2026 la autoridad canceló la posibilidad de emitir facturas a 2,205 empresas comercializadoras identificadas por vender gasolina o diésel de procedencia ilegal.
La dependencia contrastó esa cifra con los 714 permisos de comercialización de combustibles vigentes ante la Comisión Nacional de Energía (CNE).
En el mismo periodo, el SAT reportó la publicación de más de 3,000 empresas identificadas como emisoras de facturas por operaciones inexistentes, así como el bloqueo de más de 38,000 empresas por el mismo motivo, con cerca de 2,000 auditorías realizadas a contribuyentes que adquirieron dichas facturas.
El huachicol fiscal es definido por autoridades como un delito de contrabando y fraude aduanal que consiste en declarar de manera incorrecta la gasolina y el diésel al momento de su importación, con el fin de evadir el pago del IEPS correspondiente.
La SHCP proyecta que la recaudación por concepto de IEPS a gasolinas y diésel tenga un incremento de 16.2 por ciento en 2027 respecto al año anterior.
La iniciativa deberá ser discutida y, en su caso, aprobada por la Cámara de Diputados y el Senado de la República antes de su eventual publicación en el Diario Oficial de la Federación, en un proceso legislativo que, de acuerdo con el calendario habitual para la aprobación del Paquete Económico, debe concluir a más tardar el 31 de octubre.
